Reingreso o Reanudación de Estudios

Aquel alumnado que haya abandonado sus estudios (tanto si el curso anterior no llegaron a formalizar la matrícula como si la matrícula del curso anterior se hubiera anulado o considerado no efectiva por falta de pago) y desee retomarlos puede hacerlo, aunque el proceso para ello dependerá de las circunstancias que concurran. Podemos encontrar dos casos:

1.- ALUMNADO QUE QUIERE RETOMAR SUS ESTUDIOS EN EL CURSO Y ESPECIALIDAD QUE ABANDONÓ

Para estos alumnos y alumnas nos vamos a encontrar dos posibles situaciones:

  • Que no hayan transcurrido más de dos años desde su última matricula efectiva: En este caso el solicitante podrá reanudar sus estudios sin realizar prueba de acceso, siempre que el número total de solicitudes de admisión en la especialidad o instrumento y curso al que solicita reingresar sea inferior a las plazas escolares vacantes. En caso contrario deberá superar la correspondiente prueba de acceso al igual que el resto de aspirantes.
  • Que hayan transcurrido más de dos años desde su última matricula efectiva: En este caso el solicitante deberá superar la correspondiente prueba de acceso.

2.- ALUMNADO QUE QUIERE RETOMAR SUS ESTUDIOS EN UN CURSO SUPERIOR AL ÚLTIMO MATRICULADO, O EN UNA ESPECIALIDAD DISTINTA

En todos estos casos el alumno o alumna deberá superar superar la correspondiente prueba de acceso para el curso y la especialidad a la que quiere optar.

  • Impreso de solicitud de admisión (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI o del pasaporte y si no los tiene, de la página del Libro de familia donde esté escrito
  • Certificación académica de los estudios previos realizados en las enseñanzas a las que solicita ingresar.
  • Solo para el alumnado que deba realizar prueba de acceso: Justificante del pago de las tasas correspondientes mediante el modelo 046 y/o, en su caso, documento que justifique su bonificación o exención.

En este enlace podrá cumplimentar telemáticamente el modelo 046. El importe de esta tasa es de 38,68 € (la mitad si es familia numerosa de categoría general y exento si es familia numerosa de categoría especial).

3.- INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA

  • Cada aspirante sólo podrá presentar una solicitud de admisión en un conservatorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • La superación de la prueba surtirá efecto únicamente para el centro educativo y curso escolar para el que hayan sido convocadas.
  • Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido quedarán excluidas del procedimiento de admisión.

Para acceder a la información actualizada sobre el proceso de admisión de la web de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía pinche aquí.